PROHIBICION DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE EDUCACION INFANTIL PRIVADO "LAROSEB". MONTEVIDEO




Promulgación: 02/02/2012
Publicación: 06/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 194
VISTO: La situación del Centro de Educación Infantil Privado "Laroseb",
sito en la calle Minas 1658, Barrio Cordón, del departamento de
Montevideo.

RESULTANDO: I) Que el Centro de Educación Infantil Privado "Laroseb" se
encuentra inscripto con el número 709 en el Registro Nacional de Centros
de Educación Infantil Privados del Ministerio de Educación y Cultura, de
acuerdo a la Ley N° 18.437 de fecha 12 de diciembre de 2008.

II) Las visitas realizadas por el equipo supervisor del Área de Educación
en la Primera Infancia al Centro.

III) En los informes de supervisión se da cuenta de irregularidades
relacionadas con aspectos vinculados a la seguridad de los niños, que
asisten a dicho centro.

IV) Los informes de los Supervisores del Área de Educación en la Primera
Infancia de la Dirección de Educación de fecha 19 de agosto de 2008, 25 de
setiembre de 2008, 6 de marzo de 2009, 7 de junio de 2010, 30 de noviembre
de 2010 y 29 de noviembre de 2011.

V) La constancia de la asistencia de la titular del centro, a la jornada
de trabajo realizada el 12 de enero de 2011.

VI) Que no obstante estar inscripto, y con plazos extensos otorgados por
el Área de Primera Infancia para su regularización, no ha cumplido con los
requisitos para lograr su autorización, ni mejorado las condiciones de
seguridad e higiene.

VII) De los mencionados informes y notificaciones se desprende que el
Centro de Educación Infantil Privado "Laroseb" no garantiza la higiene y
la seguridad; así como no ha cumplido con las medidas que aseguren la
protección integral de los niños y niñas de toda forma de violencia
física, psíquica o emocional, derechos emanados de la Convención de los
Derechos del niño y plasmado en la Ley 18.437 de 12 de diciembre de 2008.

CONSIDERANDO: La Dirección de Educación en consonancia con los informes
del Área de Educación en la Primera Infancia, sugiere que no se autorice
el funcionamiento del Centro de Educación Infantil Privado "Laroseb", sito
en la calle Minas 1658, Barrio Cordón, del departamento de Montevideo.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 68 de la
Constitución de la República y el artículo 101 de la Ley N° 18.437 de 12
de diciembre de 2008.

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                                RESUELVE:

1

 DECLÁRASE que el Centro Educativo Infantil Privado "Laroseb" sito en la
calle Minas 1658, Barrio Cordón, del departamento de Montevideo, no cuenta
con autorización para funcionar de acuerdo a la Ley 18.437 de 12 de
diciembre de 2008.

2

 NOTIFÍQUESE a la responsable del Centro de Educación Infantil Privado
"Laroseb" quien deberá dar cuenta de dicha circunstancia a los
representantes legales de los niños que concurren al mismo.

3

 COMÉTESE a la Dirección de Educación, a través del Área de Educación en
la Primera Infancia el cumplimiento integral de la presente resolución, en
el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de las acciones administrativas
y/o judiciales que pudieran corresponder.

4

 PUBLÍQUESE en el Diario Oficial e insértese en dos diarios de circulación
nacional.


RICARDO EHRLICH
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