PROHIBICION DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE EDUCACION INFANTIL PRIVADO "RINCON INFANTIL RAYUELA". ATLANTIDA. CANELONES




Promulgación: 26/01/2012
Publicación: 06/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 141
VISTO: la situación del Centro de Educación Infantil Privado "Rincón
Infantil Rayuela", sito en la calle 7 esquina calle 16, Atlántida del
departamento de Canelones.

RESULTANDO: I) Que el Centro de Educación Infantil Privado "Rincón
Infantil Rayuela" se encuentra inscripto con el número 151 en el Registro
Nacional de Centros de Educación Infantil Privados del Ministerio de
Educación y Cultura de acuerdo a la Ley N° 18.437 de fecha 12 de diciembre
de 2008.

II) Las visitas realizadas por el equipo supervisor del Área de Educación
en la Primera Infancia al Centro.

III) Los informes de los Supervisores del Área de Educación en la Primera
Infancia de la Dirección de Educación de fecha 9 de mayo de 2008, 7 de
octubre de 2009, 2 de marzo de 2011 y 10 de marzo de 2011.

IV) La constancia de la asistencia de la titular del centro a la jornada
de trabajo realizada el 14 de enero de 2011.

V) Que en los informes de supervisión se da cuenta de irregularidades
relacionadas con aspectos vinculados a la seguridad de los niños y las
niñas, que asisten a dicho Centro.

VI) Que no obstante estar inscripto, y con plazos  extensos otorgados por
el Área de Primera Infancia para su regularización, no ha cumplido con los
requisitos para lograr su autorización, ni mejorado las condiciones de
seguridad.

VII) De los mencionados informes y notificaciones se desprende que el
Centro de Educación Infantil Privado no garantiza la seguridad, así como
no ha cumplido con las medidas que aseguren la protección integral de los
niños y niñas de toda forma de violencia física, psíquica o emocional,
derechos emanados de la Convención de los Derechos del niño y plasmado en
la Ley 18.437.

CONSIDERANDO: La Dirección de Educación en consonancia con los informes
del Área de Educación en la Primera Infancia, sugiere que no se autorice
el funcionamiento del Centro de Educación Infantil Privado "Rincón
Infantil Rayuela", sito en la Calle 7, esquina Calle 16, Atlántida del
departamento de Canelones.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 68 de la
Constitución de la República y el artículo 101 de la Ley N° 18.437 de 12
de diciembre de 2008.

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                                RESUELVE:

1

 DECLÁRASE que el Centro Educativo Infantil Privado "Rincón Infantil
Rayuela" sito en la calle 7 esquina calle 16, Atlántida del departamento
de Canelones, no cuenta con autorización para funcionar de acuerdo a la
Ley 18.437.

2

 NOTIFÍQUESE a la responsable del Centro Educativo Infantil Privado
"Rincón Infantil Rayuela" quien deberá dar cuenta de dicha circunstancia a
los representantes legales de los niños que concurren al mismo.

3

 COMÉTESE a la Dirección de Educación, a través del Área de Educación en
la Primera Infancia el cumplimiento integral de la presente resolución, en
el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de las acciones administrativas
y/o judiciales que pudieran corresponder.

4

 PUBLÍQUESE en el Diario Oficial e insértese en dos diarios de circulación
nacional.


RICARDO EHRLICH
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