FIJACION DEL PRECIO DE LAS SEMILLAS. OCTUBRE 1984




Promulgación: 29/10/1984
Publicación: 09/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 947
Visto: la gestión promovida por la Dirección Granos (DIGRA), a los fines
que se indicarán.

Resultando: I) Por resolución del Poder Ejecutivo 261/983, de fecha 22 de
junio de 1983, se designa a la Dirección Granos (DIGRA), como la Unidad
Ejecutara encargada del cumplimiento de los cometidos asignados a esta
última por la ley 15.173, de 13 de agosto de 1981 y su decreto
reglamentario 84/983, de 16 de marzo de 1983, por lo tanto responsable
de la Certificación de Semillas del País;

II) Dicha Dirección al amparo del artículo 10 de la mencionada ley, y
del artículo 128 de su decreto reglamentario, solicita se proceda a fijar
los montos de los rótulos de cada especie en el esquema de Certificación.
para la zafra 83/84:

III) Por Resolución Ministerial 109/37/983, de 21 de diciembre de 1983
se establecen los mecanismos de pagos de los rótulos de las Semillas
Categoría Certificada.

Considerando: conveniente, por tanto, proceder en la forma solicitada.

Atento: a lo dispuesto por la ley 15.173, de 13 de agosto de 1983, su
decreto reglamentario 84/983, de 16 de marzo de 1983 y la Resolución
Ministerial 109/37/983, de 21 de diciembre de 1983, y a lo informado
por la Dirección de Asesoramiento Legal

                    El Ministro de Agricultura y Pesca

                                RESUELVE:

1

     Fíjanse los siguientes precios de los rótulos de las semillas
Categoría Certificada zafra 1983/84:

   ESPECIE                        N$ POR ROTULO

Lino                                 19.50
Trigo                                10,50
Cebada                                8,50
Avena                                 5,50
Festuca                              12,00
Raigras                              12,00
Falaris                              28,00
Lotus                                46,00
T.Rojo                               46,00
T.Blanco                             46,00
Alfalfa                              46,00
Arroz                                 5,50
Soja                                 13,50
Maíz Variedad                        15,00
Maíz Híbrido                         20,50
Girasol                              16,00
Sudangras                            16,00

2

   Fíjanse los precios de los rótulos de las semillas categorías Fundación
y Registrada zafral 1983/84 en un 20% y 10% en más respectivamente, de los
valores de los rótulos de la categoría Certificada establecidos en el
artículo mencionado.

3

     Publíquese en el Diario Oficial.

4

     Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la Dirección de Granos

CARLOS MATTOS MOGLIA
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