FIJACION DE LOS OBJETIVOS MINIMOS DE RECUPERACION Y VALORIZACION DE ENVASES POST-CONSUMO NO RETORNABLES




Promulgación: 28/04/2021
Publicación: 06/05/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   (De los fabricantes e importadores de envases y otros materiales). Los fabricantes e importadores de vasos descartables, bandejas, cajas, films y demás materiales de envasado que no integran la presentación de un producto, pero sí la de su distribución o comercialización al consumidor, deberán contar o adherir a un plan de gestión de residuos de envases, para la inscripción o mantenimiento del registro previsto en el artículo 4° de la Ley N° 19.829, de 18 de setiembre de 2019.

   Dicho plan o la adhesión a los mismos, deberá presentarse a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental antes del 31 de julio de 2021 y deberán estar operativos a estos efectos, antes del 31 de diciembre de 2021, a los efectos del cumplimiento de los objetivos establecidos en el numeral 3° de esta resolución.
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