APROBACION DE EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DEL PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA "HUERTAS" PROPUESTO POR LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE CANELONES




Promulgación: 09/09/2020
Publicación: 02/10/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Oficio N° 2020/011528/2, de fecha 20 de mayo de 2020, por el cual la Intendencia de Canelones solicitó la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa de Actuación Integrada "Huertas", a ejecutarse en los Padrones N° 53.922, 53.300, 53.295 y 53.025 de la 20ª Sección Catastral del Departamento de Canelones (EM2019/14000/012320 y EM2020/14000/006170);

   RESULTANDO: I) que el Programa de Actuación Integrada "Huertas" se enmarca en el Plan Parcial de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible "Camino de los Horneros", aprobado por el Decreto Departamental N° 0007/017 y cuya Evaluación Ambiental Estratégica fue aprobada por la Resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente N° 924/2017, de 29 de junio de 2017, en el Expediente 2015/14000/15923;

   II) que el referido Programa de Actuación Integrada comprende una superficie de 120.287 m² y su objetivo es transformar los Padrones N° 53.922, 53.300, 53.295 y 53.025, de la 20ª Sección Catastral del Departamento de Canelones, localizados en el área potencialmente transformable (APT2) del mencionado plan, en suelo suburbano de baja densidad, proponiendo un uso preferentemente turístico y residencial de baja densidad de ocupación, apoyado en la integración de un programa residencial en Propiedad Horizontal;

   III) que, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;

   IV) que según el informe del Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica, de 20 de julio de 2020, ha vencido el plazo de treinta días hábiles, establecido en el artículo 25 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, y en el artículo 9 del Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, para que esta Secretaría de Estado se pronuncie sobre la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa de Actuación Integrada "Huertas", por lo que se sugiere continuar con la tramitación y aprobar la Evaluación Ambiental Estratégica del referido instrumento de ordenamiento territorial, así como notificar a la Intendencia de Canelones el informe de dicho Departamento de fecha 1° de junio de 2020, todo lo cual fue compartido por la División Promoción del Desarrollo Sostenible, por informe de la misma fecha; 

   CONSIDERANDO: que ha vencido el plazo previsto en la citada normativa habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, declarándose aprobada la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa de Actuación Integrada "Huertas";

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 291 y siguientes de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, por la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, y, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;

                         EL MINISTRO DE AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

   Declárase aprobada la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa de Actuación Integrada "Huertas" presentado por la Intendencia Departamental de Canelones.-

2

   Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la notificación de la Intendencia Departamental de Canelones, debiéndose adjuntar a dicha notificación una copia del informe del Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica de la División Promoción del Desarrollo Sostenible, de 1° de junio de 2020 (Ref. 3), y publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos). Cumplido, pase a la División Promoción del Desarrollo Sostenible a sus efectos.-

   ADRIÁN PEÑA
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