PROMULGACION DEL DECRETO DEPARTAMENTAL 1.007, POR EL CUAL SE MODIFICA EL ART. 119 DEL DECRETO DEPARTAMENTAL 0884 RELATIVO AL PLAN PARCIAL PARA EL AREA CENTRAL DE LA CIUDAD DE TRINIDAD




Fecha de Publicación: 30/11/2020
Página: 9
Carilla: 9

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE FLORES

                            Resolución 11.316/020

Promúlgase el Decreto Departamental 1.007, que modifica el art. 119 del Decreto Departamental 0884 de 9 de mayo de 2016.
(5.148*R)

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORES

   DECRETO No. 1.007.-/ LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORES DECRETA: ARTICULO 1°.-/ Modifíquese el artículo 119 del Decreto Departamental No. 0884, de fecha 9 de mayo de 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
   "ARTICULO 119 Gerenciamiento
   El Plan Parcial para el Área Central de la Ciudad de Trinidad será gestionado por la Unidad Técnica del Plan Parcial que forma parte de la Oficina de Ordenamiento Unidad Técnica del Plan Parcial que forma parte de la Oficina de Ordenamiento Territorial  cuya creación está prevista por el artículo 53 del Decreto N° 0802/2013 del 17 de Mayo de 2013 "Plan Local de Trinidad y su Microrregión".
   Dicha área contará con un Arquitecto responsable,un asistente técnico y un Inspector.
   La Intendencia Departamental de Flores creará a su vez un Grupo Asesor del Area Central de la ciudad de Trinidad, que tendrá como cometido resolver las excepciones solicitadas por terceros respecto de prohibiciones contenidas en el PLAN PARCIAL PARA EL AREA CENTRO DE LA CIUDAD DE TRINIDAD, (Decreto Departamental No. 0884) así como en los Decretos Nos. 0683 del 23/11/2009 y No. 0802 del 13 de mayo de 2013. Los criterios a seguir por este Grupo Asesor será el mantenimiento de la identidad cultural y arquitectónica de la ciudad, conjuntamente con la promoción, el desarrollo y la inversión en nuestro Departamento.
   El Grupo Asesor está integrado por 3 representantes de la Intendencia Departamental de Flores, 1 integrante de la Junta Departamental de Flores y 1 integrante de la Asociación de Arquitectos de Flores.
   Las Resoluciones tomadas por el Grupo Asesor serán vinculantes.
   Las solicitudes de autorizaciones excepcionales deberán acompañarse de un informe de profesional debidamente calificado, el cual deberá argumentar los motivos de dicha solicitud, las obras a proyectarse en caso de que sea aprobada la misma, la disposición que se pretende dejar sin efecto, el plazo de la construcción proyectada, la mano de obra que se pretenda emplear, así como los fines para los cuales será destinado el bien a transferir. Sin perjuicio de ello el Grupo Asesor tendrá la facultad de solicitar todos los informes complementarios, a profesionales, instituciones, etc. que considere de relevancia para aprobar o no la excepcionalidad.
   El Grupo Asesor, previo a adoptar resolución podrá solicitar modificaciones así como establecer contraprestaciones en los bienes protegidos.
   Las decisiones serán tomadas por mayoría absoluta de los integrantes y el Grupo Asesor se reunirá al menos una vez por mes.
   La Unidad Técnica del Plan Parcial coordinará con el Grupo Asesor a fin de presentar los temas referidos al desarrollo del Plan Parcial y al contralor de edificaciones.
   ARTICULO 2°.-/ Comuníquese, insértese, etc.
   SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORES, EN TRINIDAD, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
   EDIL Sra. CRISTINA BIDEGAIN, PRESIDENTE; Sra. LEA DANYS CALERO, SECRETARIA GENERAL.

                                            Trinidad; 17 de julio de 2020.
   (192532). Res. 11.316.2020
   VISTO:- Los presentes procedimientos administrativos.
   SE RESUELVE:
   1°)- Promulgase el Decreto Departamental N° 1007. 2°)- Por División Administración Documental, comuníquese y pase a la Oficina de Prensa y Difusión para su publicidad. 3°)- Siga al Departamento de Obras - División Arquitectura y Vialidad, Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Ordenamiento Territorial, Dirección de Tránsito y Departamentos de Servicios Generales y de Hacienda (División Contaduría e Ingresos), para su conocimiento y demás efectos pertinentes que corresponda. 4°)- Oportunamente; si correspondiere, archívese.
   4º)- Oportunamente; si correspondiere, archívese.


   Lic. Diego Irazábal, Intendente Departamental; Ing. Agr. Álvaro Fagalde Bartaburu, Secretario General.
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