Aprobado/a por: Resolución Nº 528/014 de 30/09/2014 numeral 1.
En la ciudad de Montevideo, a los días ......., del mes de........., del
año dos mil catorce, se reúnen: POR UNA PARTE: el Dr. Diego Cánepa, en su
calidad de Prosecretario de la Presidencia de la República, en
representación de la Junta Nacional de Drogas (en adelante la JND), con
domicilio en Plaza Independencia 710, Piso 10 de esta ciudad; y POR OTRA
PARTE: la Organización de Estados Iberoamericanos (en adelante la OEI),
representada por Ignacio Javier Hernaiz en su calidad de Director de la
Oficina de la OEI en Montevideo, República Oriental del Uruguay, nombrado
por la Orden Interior 28/2013 de fecha 15 de noviembre de 2013 y de
acuerdo a la autorización del Secretario General de OEI de fecha 31 de
julio de 2014 por la cual autoriza la firma del presente convenio en el
marco del Acta/P-04.2/13/2014, con domicilio en Plaza Cagancha 1368, piso
501 de esta ciudad.

                                CONVIENEN:

PRIMERO - ANTECEDENTES:

JND: El Art. 3°. del Decreto 463/988 de 13 de julio de 1988, en la
redacción dada por el Art. 2°. del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de
2000, establece que son competencias de la Junta Nacional de Drogas, entre
otras: a) "la instrumentación de las directivas relacionadas con la
fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la
prevención del consumo problemático y tratamiento de la adicción a las
drogas..." b) "la supervisión y evaluación de la ejecución de los planes y
programas que se establezcan de conformidad a las políticas referidas en
el literal precedente".

OEI: La OEI es un Organismo Internacional de carácter gubernamental para
la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la
educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en el contexto del
desarrollo integral, con acreditada experiencia internacional, equipos
cualificados y recursos materiales adecuados para la colaborar con la JND
en la organización, realización y difusión de las actividades de
cooperación requeridas, estando ambas instituciones interesadas en lograr
la mayor participación y éxito en estas actividades.

Los fines de la OEI, según consta en el artículo 2 de sus estatuto son,
entre otros, promover y cooperar con los Estados Miembros en las
actividades orientadas a la elevación de los niveles educativo,
científico, tecnológico y cultural. Fomentar la educación como alternativa
válida y viable para la construcción de la paz, mediante la preparación
del ser humano para el ejercicio de los derechos humanos y los cambios que
posibiliten sociedades más justas para Iberoamérica en la realización de
sus planes educativos, científico-tecnológicos y culturales, y colaborar
especialmente en el perfeccionamiento y coordinación de sus servicios
técnicos.

SEGUNDO - OBJETO:

El presente convenio tiene por objeto la implementación del curso de
actualización para los docentes de los diferentes subsistemas de la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), bajo la modalidad
semipresencial, acorde a lo siguiente:

  1. Características:
     - Ofrecer una síntesis ordenada de los principales aspectos de la
       Estrategia Nacional de Drogas y sus fundamentos.

     - Informar a los docentes participantes del cambio de escenario que
       se constituye a partir del nuevo marco legal que ofrece la Ley N°
       19.172

     - Brindar herramientas que posibiliten el trabajo de la temática a
       nivel de los centros educativos y sus redes, con especial énfasis
       en los aspectos de salud, prevención y de articulación.

     - Profundizar los temas relativos a los derechos humanos en el
       Sistema Educativo, así como sus posibles violaciones en situaciones
       vinculadas a la temática de las drogas

  2. Destinatarios:
     - Los destinatarios son los docentes en ejercicio de la docencia
       directa los diversos subsistemas de la ANEP.

  3. Cupos:
     - 240 docentes de los diversos Subsistemas. Se efectuará una
       distribución proporcional en acuerdo con la ANEP y la JND.

  4. Modalidad:
     - El curso será semipresencial - a través de la Plataforma IPES
       Virtual- e instancias presenciales. La propuesta se encuentra
       integrada por dos Unidades de Aprendizaje a cargo de un docente
       especializado en cada temática. Los encuentros presenciales, se
       complementan con el acceso a un entorno virtual de aprendizaje,
       donde se continuarán los ejes propuestos, profundizando los temas
       abordados, relacionándolos con el trabajo cotidiano de las
       instituciones y experiencias locales.

  5. Duración:
     - El curso tiene una duración de dos meses de actividad. Las
       actividades presenciales se iniciarán en Montevideo, con la
       perspectiva de extenderlas a las diversas regiones del país.

  6. Comisión Académica del curso.
     - Se conformará una Comisión académica del curso integrada por los
       organismos que participan del desarrollo del mismo: Consejo de
       Formación en Educación, Ministerio de Salud Pública, JND y la OEI.

TERCERO- OBLIGACIONES DE LA JND

Será competencia específica de la JND en el desarrollo del curso:
  1. Financiar las operaciones para la implementación del curso de
     acuerdo a lo establecido en el punto quinto del presente Convenio.
  2. Proveer un supervisor que oficie de contraparte con la Dirección
     Académica del curso.
  3. Organizar y costear las instancias presenciales que se realizarán
     durante el curso.

CUARTO - OBLIGACIONES DE LA OEI

Será competencia específica de la OEI, administrar los fondos de
financiamiento del curso para las siguientes actividades:
  1. Proveer un supervisor académico y doce tutores/as que estarán en
     contacto directo y continuo con los/as participantes.
  2. Proveer un supervisor que oficie de contraparte con la Dirección
     Académica del curso.
Ambas partes se comprometen a realizar la selección final de los/as
postulantes al curso, así como a trabajar conjuntamente para el correcto
funcionamiento del mismo cumpliendo con las funciones establecidas para
cada una de ellas en el presente convenio.

QUINTO - FINANCIACIÓN:

La contribución financiera será exclusivamente para el cumplimiento de las
actividades correspondientes al Curso de actualización docente "los
consumos problemáticos, marcos conceptuales, estrategias de abordaje".

240 participantes
Dos docentes encargados de las Unidades     $U 46.000
12 tutores                                 $U 110.000
Total                                      $U 156.000

Los fondos totales a pagar a OEI serán de $ 156.000 (pesos uruguayos
ciento cincuenta y seis mil), serán pagos en una cuota con fondos
provenientes de la partida estipulada en el Artículo 762 de la Ley N°
18.719.
Las cuotas serán depositadas en la cuenta corriente del Banco BBVA Nro.
7998589.
La entidad receptora de los fondos OEI, deberá rendir cuentas en los
términos y condiciones establecidos en el TOCAF y en la Ordenanza N° 77
del Tribunal de Cuentas de la República.

SEXTO - PLAZO:

El plazo de este Convenio será a partir de la firma y tendrá validez de un
año, correspondiente al período de ejecución del proyecto establecido en
el documento de formulación.

SÉPTIMO - DOMICILIOS ESPECIALES- NOTIFICACIONES:

Las partes fijan como domicilios especiales a los efectos de este
convenio, los declarados como suyos en la comparecencia y aceptan el
telegrama colacionado como medio de comunicación válida y fehaciente.

Y PARA CONSTANCIA, previa lectura, se firman tres ejemplares del mismo
tenor en lugar y fecha arriba indicado

         Ignacio Javier Hernaiz                 Dr. Diego Cánepa
      Director de la Oficina de la
        Organización de Estados
            Iberoamericanos
             en Montevideo                Prosecretario de la Presidencia
                                                 de la República
                                          Presidente de la Junta Nacional
                                                    de Drogas
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