El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Los contribuyentes comprendidos en el literal E) del artículo 52 del
Título 4 del TO 1996, podrán abonar las obligaciones mensuales
correspondientes al mes de abril de 2020, en seis cuotas iguales y
consecutivas, conjuntamente con las obligaciones correspondientes a
los meses de junio a noviembre de 2020.
Lo dispuesto en el inciso anterior incluye las cuotas correspondientes
a facilidades de pago, cuyo vencimiento tenga lugar en el mes de mayo.