FIJACION DE LOS VALORES FICTOS RELATIVOS AL IMPUESTO A LA CARNE BOVINA, OVINA Y SUINA DESTINADA AL CONSUMO Y A LA INDUSTRIA. MAYO 2022




Promulgación: 27/02/2022
Publicación: 28/04/2022
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

   RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

   CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de mayo de 2022.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena
   no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento
   industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de mayo de
   2022, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace
   referencia el Visto, serán:

Carne Bovina destino abasto
$
206,13
Carne Bovina destino industria
$
158,30
Carne Ovina
$
174,61 
Carne Porcina
$
148,13

2

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   Margarita Faral
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