PRORROGA DE PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA Y EL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL SALDO DEL IRPF Y DEL IASS. AÑO 2018




Promulgación: 17/09/2019
Publicación: 18/09/2019
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el ordinal 17 del numeral 1° de la Resolución N° 10672/2018 de 14 de diciembre de 2018.

   RESULTANDO: que la norma mencionada establece los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pago de saldo del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

   CONSIDERANDO: que los contribuyentes vieron dificultado el cumplimiento de sus obligaciones en plazo. 

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

                                RESUELVE:

1

   La presentación de la Declaración Jurada y el pago de la primera
   cuota del saldo, del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas
   (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS),
   correspondientes al año 2018, realizados hasta el 6 de setiembre de
   2019, se considerarán efectuados en plazo.     


   Joaquín Serra
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