PRORROGA DEL VENCIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 28/08/2023
Publicación: 29/08/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución N° 2348/2022 de 14 de diciembre de 2022.

   RESULTANDO: que debido a motivos ajenos a su voluntad, los sujetos pasivos vieron dificultado el cumplimiento de sus obligaciones en plazo.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 70 del Decreto N° 597/988 de 21 de setiembre de 1988;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS

                                RESUELVE:

1

   Los pagos de obligaciones tributarias con vencimiento el día 22 de
   agosto de 2023, realizados hasta el día 23 de agosto de 2023, se
   considerarán efectuados en plazo.

2

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   Margarita Faral
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