PRORROGA DE VENCIMIENTOS DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ESTABLECIDOS POR LA RESOLUCION 4.310/019. 25 DE JUNIO DE 2020




Promulgación: 18/06/2020
Publicación: 22/06/2020
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Los contribuyentes comprendidos en el literal E) del artículo 52 del
   Título 4 del TO 1996, podrán abonar la obligación mensual
   correspondiente al mes de mayo del 2020, en seis cuotas iguales y
   consecutivas, conjuntamente con las obligaciones correspondientes a
   los meses de julio a diciembre de 2020. 

   Los plazos establecidos vencerán en cada mes conforme a las fechas
   previstas en el cuadro general de vencimientos para el cumplimiento de
   las obligaciones tributarias de cada sujeto pasivo.

   Lo dispuesto en este numeral:

*  incluye las cuotas correspondientes a facilidades de pago, cuyo
   vencimiento tenga lugar en el mes de junio.
*  no incluye las fracciones correspondientes a obligaciones mensuales de
   los meses de febrero y marzo, de acuerdo a lo previsto en la
   Resolución 550/2020 de 20 de marzo de 2020.
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