FIJACION DE REQUISITOS ADICIONALES QUE PERMITAN VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE COMPROBANTES EMITIDOS POR LOS RESPONSABLES DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS PERSONAS FISICAS
Promulgación: 17/06/2025
Publicación: 20/06/2025
Sección: Ultimo Momento
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el numeral 37 bis) de la Resolución N° 662/2007 de 29 de junio de 2007.
RESULTANDO: que el referido numeral establece que determinados sujetos pasivos responsables del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas están obligados a emitir un comprobante en donde se informe anualmente a los contribuyentes, los ingresos gravados, las deducciones proporcionales y las retenciones efectuadas en cada ejercicio.
CONSIDERANDO: necesario que la Dirección General Impositiva cuente con herramientas que le permitan verificar la autenticidad de dichos comprobantes.
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Agrégase el siguiente inciso al numeral 37 bis) de la Resolución N°
662/007 de 29 de junio de 2007:
"La Dirección General Impositiva podrá requerir que el comprobante sea
emitido con firma electrónica avanzada o cualquier medio fehaciente
que acredite la autenticidad del mismo.