MODIFICACION DE LA RESOLUCION 4.127/015, RELATIVA A LOS CASOS EN QUE NO PROCEDE LA EMISION DEL CERTIFICADO UNICO PARA LA RECAUDACION DEL IMPUESTO ANUAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Resolución N° 9496/2017
Modifícase la Resolución N° 4127/2015, relativa a los casos en que no procede la emisión de Certificado Único para la recaudación del impuesto anual de enseñanza primaria.
(5.980*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Montevideo, 12 diciembre de 2017
VISTO: el inciso segundo del artículo 643 de la Ley N° 15.809, de 8 abril de 1986; el artículo 80° del Título 1 del Texto Ordenado 1996, y la Resolución N° 4127/2015, de 16 de octubre de 2015.
RESULTANDO: I) que la norma legal citada dispuso que a partir del 1° de enero de 2018, la Dirección General Impositiva tendrá a su cargo la recaudación del impuesto anual de enseñanza primaria;
II) que el artículo 80° del Título 1 del Texto Ordenado 1996 establece el régimen de Certificado Único para la Dirección General Impositiva;
III) que la resolución referida establece los casos en que no procede la emisión de Certificado Único;
CONSIDERANDO: necesario incluir en el elenco de casos en que no procede la emisión del referido certificado, la acreditación de la situación regular de pagos del Impuesto de Enseñanza Primaria a los inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación.
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1°)Agrégase al numeral 1° de la Resolución N° 4127/2015, de 16 de
octubre de 2015, el siguiente literal:
"k) los contribuyentes del Impuesto de Enseñanza Primaria sobre bienes
inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación."
2°)Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en el Boletín Informativo
y página web. Cumplido, archívese.
Firma: Director General de Rentas. Lic. Joaquín Serra.