Fecha de Publicación: 28/03/2019
Página: 14
Carilla: 14

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                           Resolución N° 860/2019

Prorrógase hasta el 30 de abril de 2019, el plazo establecido en el nral. 11°) de la Resolución N° 94/2019, para la presentación del Informe País por País, correspondiente a ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017.
(1.610*R)

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

                                           Montevideo, 27 de marzo de 2019

   VISTO: la Resolución N° 94/2019, de 4 de enero de 2019.

   RESULTANDO: I) que la norma referida estableció la forma, condiciones y plazos en que los sujetos pasivos obligados deberán presentar el Informe País por País a que refiere el primer inciso del artículo 46 ter del Título 4 del Texto Ordenado 1996;

   II) que en su numeral 11°) se fijan los plazos para la presentación del referido informe, correspondiente a ejercicios finalizados entre el 31 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018.

   CONSIDERANDO: que se han presentado inconvenientes que dificultan el cumplimiento de la primera presentación del Informe País por País, cuyo plazo vence el 31 de marzo de 2019.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 70 del Decreto N° 597/988 de 21 de setiembre de 1988.

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

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   1°) Prorrógase hasta el 30 de abril de 2019, el plazo establecido en el numeral 11°) de la Resolución N° 94/2019 de 4 de enero de 2019, para la presentación del Informe País por País correspondiente a ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017.

   2°) Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

   El Director General de Rentas, Lic. Joaquín Serra.
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