PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
La no presentación del informe de Auditoría o su presentación con posterioridad al plazo establecido en el literal B) del numeral precedente, hará pasible de aplicación la multa prevista en el inciso cuarto del artículo 469 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005.Ayuda