PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Resolución N° 2.706/2023
Grandes Contribuyentes - Registros contables en formato electrónico - Estructura de archivos.
(6.109*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN N° 2706/2023
Montevideo, 18 de diciembre de 2023
VISTO: la Resolución N° 2436/2012 de 23 de octubre de 2012.
RESULTANDO: que la norma citada estableció los requerimientos para la presentación de los registros contables en formato electrónico por parte de los contribuyentes gestionados por la División Grandes Contribuyentes.
CONSIDERANDO: necesario, como consecuencia de los cambios en las herramientas tecnológicas verificados desde la entrada en vigencia de la misma, ajustar lo previsto por el numeral 2°) de la citada resolución.
ATENTO: a lo expuesto
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Sustitúyese el numeral 2°) de la Resolución N° 2436/2012 de 23 de
octubre de 2012, por el siguiente:
"2°) La estructura del archivo a que refiere el numeral 1° de la
presente Resolución deberá ser la siguiente:
- Primera línea: línea de encabezado de archivo conteniendo los
nombres de los campos de la tabla. Como mínimo deberán incluirse los
siguientes campos: fecha, descripción del asiento, número de
asiento, nombre y número de cuentas que forman parte del asiento
(con el mayor desglose posible a nivel del plan de cuentas contable),
moneda de origen (si corresponde), tipo de cambio utilizado monto en
moneda nacional, documento de referencia si corresponde, importe
Debe e importe HABER. Deberán igualmente incluirse los asientos de
apertura, regularización, cierre u otros que lleve el contribuyente
- Segunda línea en adelante: refiere a los registros de los datos
relativos al encabezado del archivo.
- Los registros del archivo deberán estar separados por el delimitador
"punto y coma" (;).
- Todos los campos tendrán contenido y si no lo tuvieran, se deberán
rellenar a cero los campos numéricos y con espacios los de texto.
- Los campos de texto:
* Deberán estar delimitados entre comillas (""), para controlar la
aparición del punto y coma dentro de un campo de texto.
* No pueden tener "Enters" (o retornos "n"), para evitar que, al
abrir el archivo con un editor de texto, el registro quede
separado en varias líneas.
- Los campos numéricos:
* El separador decimal deberá ser la coma (,) y no deberán contener
separador de miles.
* Aquellos que incluyan decimales como ser Importe, Debe y Haber,
deberán contener dos decimales. Controlar que, si dentro de estos
campos aparecen números exactos como por ejemplo el número 24,
mostrar 24,00.
- Los campos con información de cabezal de asiento como ser: fecha,
descripción del asiento, número de asiento, número de documento
asociado, deberán repetirse tantas veces como líneas contenga el
asiento.
Ejemplo:
Fecha; Nro_Doc; Descripción; Nro_Asiento; Nro_Cuenta; Nombre_Cuenta;
Debe; Haber
01/12/2021; 1230001; "Asiento de ejemplo"; 7300003; "Ganancia en
cambio no realizada"; 5742,53;0,00
01/12/2021; 1230001; "Asiento de ejemplo"; 7300003;" Banco moneda
extranjera diferencia en cambio"; 0,00; 5742,53.
- Se deberá tener, conjuntamente, un archivo con los totales de
control de cada campo numérico del archivo respectivo."