Fecha de Publicación: 30/09/2026
Página: 121
Carilla: 121

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 2.199/2026

Inclusión en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el numeral 1°) de la Resolución N° 305/1979 a "Pasteurizadores de calostro para terneros" y "Carros dosificadores de leche para terneros con hasta 500 litros de capacidad.
(4.274*R)

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

   RESOLUCIÓN N° 2199/2026

                                       Montevideo, 28 de Setiembre de 2026

   VISTO: el literal D) numeral 1) del artículo 38 del Título 10 del Texto Ordenado de 2023, el artículo 38 del Decreto N° 220/998 de 12 de agosto de 1998 y el numeral 1°) de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 305/1979 de 30 de noviembre de 1979.

   RESULTANDO: I) que la norma legal citada precedentemente exonera del Impuesto al Valor Agregado (IVA) las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo;

   II) que el Decreto mencionado establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva;

   III) que la última de las normas mencionadas establece la nómina de bienes que gozan de la exoneración en la importación y enajenación.

   CONSIDERANDO: que corresponde la inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el Visto, del bien denominado "Pasteurizadores de calostro para terneros", y la ampliación de la capacidad de los bienes denominados "Carros dosificadores de leche para terneros", dado que se trata de bienes de uso en el sector agropecuario.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el
   numeral 1°) de la Resolución N° 305/1979 de 30 de noviembre de 1979,
   al siguiente:

   "Pasteurizadores de calostro para terneros" 

2

   Sustitúyese en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece
   el numeral 1°) de la Resolución N° 305/1979 de 30 de noviembre de
   1979, a los denominados "Carros dosificadores de leche para terneros
   con hasta 300 litros de capacidad", por el siguiente:

   "Carros dosificadores de leche para terneros con hasta 500 litros de
   capacidad"

3

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.
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