Fecha de Publicación: 10/10/2023
Página: 189
Carilla: 189

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 2.053/2023

Productores agropecuarios - Se autoriza la cesión a determinados proveedores de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias y se establece mecanismo simplificado a esos efectos.
(4.680*R)

   DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

   RESOLUCIÓN N° 2053/2023
                                          Montevideo, 9 de octubre de 2023

   VISTO: el Decreto N° 301/023 de 3 de octubre de 2023.

   RESULTANDO: que el mencionado decreto establece que la Dirección General Impositiva podrá autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2023 inclusive.

   CONSIDERANDO: conveniente autorizar la cesión de los referidos certificados, así como establecer un mecanismo simplificado a los efectos de materializar la misma dentro del plazo previsto en el citado decreto.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Los productores agropecuarios que dispongan de certificados de
   crédito tipo A en moneda nacional, originados en la actividad
   agropecuaria, por créditos generados hasta el 30 de junio de 2023
   inclusive, podrán cederlos a los siguientes proveedores de bienes y
   servicios:

   a) Bancos;
   b) Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
   c) Empresas Aseguradoras.

   La referida cesión se materializará a través de la sustitución de
   dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso
   exclusivo con los referidos proveedores.

   El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá superar
   los $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos).

2

   El plazo para presentarse a tramitar la cesión de los certificados a
   que refiere el numeral anterior vencerá el 28 de febrero de 2024.

3

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
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