PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Resolución N° 1.895/2025
IRPF: Se exime determinados casos, de la presentación de la declaración jurada anual prevista en el numeral 72 bis) de la Resolución N° 662/2007.
(5.657*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN N° 1895/2025
Montevideo, 04 de noviembre de 2025
VISTO: el numeral 72 bis de la Resolución N° 662/2007 de 29 de junio de 2007.
RESULTANDO: que la norma referida en el Visto establece que las entidades a que refiere el artículo 10 del Título 7 del Texto Ordenado 2023, no contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, deberán presentar una declaración jurada anual donde se identifique a los sucesores, condóminos o socios, se detallen las rentas obtenidas en el ejercicio y las retenciones que le hubieren efectuado, discriminadas por categoría, y se especifique los porcentajes a atribuir a cada integrante;
CONSIDERANDO: que la intervención de responsables en determinadas operaciones permite eximir de esta obligación a las mencionadas entidades.
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Agrégase como último inciso del numeral 72 bis) de la Resolución N° 662/2007 de 29 de junio de 2007, el siguiente:
"Lo dispuesto en el presente numeral no será de aplicación respecto a
las rentas por incrementos patrimoniales a que refiere el inciso final
del artículo 26 del Título 7 del Texto Ordenado 2023."