Fecha de Publicación: 09/09/2020
Página: 19
Carilla: 19

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 1.625/2020

Productores agropecuarios - Se autoriza la cesión a determinados proveedores de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias y se establece mecanismo simplificado a esos efectos.
(3.763*R)

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

                                       Montevideo, 08 de setiembre de 2020

   VISTO: el Decreto N° 244/020 de 2 de setiembre de 2020.

   RESULTANDO: que el mencionado decreto establece que la Dirección General Impositiva podrá autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2020 inclusive.

   CONSIDERANDO: conveniente autorizar la cesión de los referidos certificados, así como establecer un mecanismo simplificado a los efectos de materializar la misma dentro del plazo previsto en el citado decreto.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

  Los productores agropecuarios que dispongan de certificados de
  crédito tipo A en moneda nacional, originados en la actividad
  agropecuaria, por créditos generados hasta el 30 de junio de 2020
  inclusive, podrán cederlos a los siguientes proveedores de bienes y
  servicios:

        a) Bancos;
        b) Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
        c) Empresas Aseguradoras.

   La referida cesión se materializará a través de la sustitución de
   dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso
   exclusivo con los referidos proveedores.

   El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá superar
   los $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos).

   La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
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