Fecha de Publicación: 04/10/2021
Página: 249
Carilla: 249

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                        Resolución N° 1.619/2021

Sustitución automática de pagos a cuenta por certificados de créditos para contribuyentes CEDE.
(3.248*R)


DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

                                       Montevideo, 01 de octubre de 2021

   VISTO: el régimen de certificados de crédito regulado por las Resoluciones N°250/1984 de 24 de abril de 1984, N° 357/1995 de 11 de diciembre de 1995, y N° 3906/2014 de 30 de octubre de 2014.
   
   RESULTANDO:  I) que en el marco de su misión, la Dirección General Impositiva debe propender a facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones por parte de los contribuyentes;
   
   II) que, en esta instancia, el proceso de modernización de los sistemas de gestión de los contribuyentes pertenecientes al grupo CEDE, procura simplificar la confección de las declaraciones y su administración, sustituyendo determinados formularios.
   
   CONSIDERANDO: necesario establecer un régimen que contemple las necesidades de celeridad, economía y eficacia; y, al mismo tiempo, los requisitos de seguridad que impone la operativa electrónica y la disposición de los créditos contra el Estado.
   
   ATENTO: a lo expuesto.

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Los pagos a cuenta en existencia al 30 de setiembre de 2021, a favor de 
   los contribuyentes incluidos en el grupo CEDE (incluso aquellos 
   gestionados por la División Grandes Contribuyentes), serán sustituidos 
   de oficio por certificados de crédito electrónicos no endosables (Tipo 
   A), una vez superados los controles realizados por la Administración, y 
   en tanto dichos pagos a cuenta se mantengan disponibles al momento de 
   generar los referidos certificados.

   Igual procedimiento se realizará posteriormente respecto de aquellos 
   que se generen durante el mes de octubre de 2021.

2

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
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