Fecha de Publicación: 22/08/2022
Página: 101
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 1.396/2022

Se prorroga plazo para la presentación de las declaraciones juradas del IRPF/IASS 2021, y para el pago de la primera cuota de los saldos correspondientes.
(3.612)

   DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

   RESOLUCIÓN N° 1396/2022

                                          Montevideo, 19 de agosto de 2022

   VISTO: el ordinal 16 del numeral 1°) de la Resolución N° 2098/2021 de 15 de diciembre de 2021.

   RESULTANDO: que la norma mencionada establece los vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada y pago de saldos del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

   CONSIDERANDO: que resulta adecuado otorgar un plazo adicional, de manera de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. 

   ATENTO: a lo expuesto;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   La presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), correspondientes al año 2021; realizada hasta el 30 de setiembre de 2022, se considerará efectuada en plazo.

2

   El pago de la primera cuota del saldo del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), correspondientes al año 2021; realizado hasta el 30 de setiembre de 2022, se considerará efectuado en plazo.

3

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

   Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
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