Fecha de Publicación: 20/08/2025
Página: 432
Carilla: 432

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 1.375/2025

IRAE - Impuesto al Patrimonio - Se extienden a ejercicios económicos cerrados antes del 1° de julio de 2026, los criterios de liquidación a aplicar en los casos que un mismo contribuyente genere rentas derivadas de actividades agropecuarias conjuntamente con otras rentas.
(3.748*R)

   DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

   RESOLUCIÓN N° 1375/2025

                                          Montevideo, 19 de agosto de 2025

   VISTO: la Resolución N° 2062/2008 de 19 de diciembre de 2008 y sus sucesivas modificaciones.

   RESULTANDO: I) que la referida norma estableció criterios de liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y del Impuesto al Patrimonio, a aplicar en los casos que un mismo contribuyente genere rentas derivadas de actividades agropecuarias conjuntamente con otras rentas;

   II) que mediante sucesivas modificaciones se ajustaron los criterios establecidos en la referida resolución y se prorrogaron los plazos previstos en la misma.

   CONSIDERANDO: conveniente extender la solución prevista en las normas mencionadas, a aquellos ejercicios económicos cuyo cierre sea anterior al 1° de julio de 2026.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Sustitúyese el numeral 1° de la Resolución N° 2062/2008 de 19 de
   diciembre de 2008, por el siguiente:

   "1°) Liquidación separada.- Los contribuyentes del Impuesto a las
   Rentas de las Actividades Económicas y del Impuesto al Patrimonio, que
   obtengan rentas derivadas de actividades agropecuarias conjuntamente
   con otras rentas comprendidas en el primero de los mencionados
   impuestos, podrán, para ejercicios económicos con cierre anterior al
   1° de julio de 2026, liquidar los tributos correspondientes a la
   actividad agropecuaria en forma separada de los derivados del resto de
   sus actividades gravadas".

   Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.
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