PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Resolución N° 1.284/2020
IVA - Exoneración - Maquinaria agrícola.
(2.921*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Montevideo, 24 de julio de 2020
VISTO: el numeral 1°) de la Resolución N° 305/1979 de 30 de noviembre de 1979.
RESULTANDO: I) que el literal D) del numeral 1°) y el literal B) del numeral 3°), del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo.
II) que el artículo 38 del Decreto N° 220/998 de 12 de agosto de 1998, establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva.
CONSIDERANDO: que corresponde incluir determinados bienes en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el VISTO.
ATENTO: a lo expuesto.
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece el numeral 1°) de la Resolución N° 305/1979 de
30 de noviembre de 1979, a los siguientes:
* Encanteradores (para hacer canteros de suelo)
* Enrolladores de cinta de riego de acople a tres puntos del tractor
* Recolectores de cubiertas plásticas de acople a tres puntos del
tractor