RESPONSABLES POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TERCEROS - DETERMINADOS SUPERMERCADOS Y EMPRESAS MINORISTAS - RETENCIONES, CONDICIONES Y PLAZOS PARA VERTERLAS.


Fuente del Texto: DGI

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Montevideo, 29 de abril de 2009

VISTO: El Decreto N° 134/009 de 17 de marzo de 2009.

RESULTANDO: Que la mencionada norma establece que la Dirección General Impositiva establecerá las condiciones y plazos para que los responsables designados viertan los importes retenidos;

ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio de Economía y Finanzas,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

1º) Los responsables por obligaciones tributarias de terceros designados por el Decreto N° 134/009 de 17 de marzo de 2009, deberán declarar y verter las retenciones efectuadas de acuerdo a lo dispuesto en la norma referida, en el mes subsiguiente a aquel en que se efectuaron las adquisiciones correspondientes, sin perjuicio de informar el mes en el cual efectivamente se verificaron dichas operaciones.

2º) Publíquese en dos diarios de circulación nacional. Insértese en el Boletín Informativo, y página web. Cumplido, archívese.

Firmado: Director General de Rentas, Cr. Nelson Hernández Lamarque
Publicado: Últimas Noticias y La Diaria, 30 de abril de 2009


		
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