ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. LANZAMIENTOS. PRORROGA




Promulgación: 04/10/1940
Publicación: 15/10/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 765

Artículo 5

   El propietario será resarcido por el Estado por los alquileres que deje 
de percibir como consecuencia de la aplicación estricta de esta ley, y, 
serán solventados con los recursos de "Asistencia Social de Invierno".
Ayuda