MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA. PRESTAMOS. COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 09/08/1940
Publicación: 17/08/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 581

Artículo 2

   La cantidad de semillas de trigo que podrá recibir cada agricultor será 
determinada, en cada caso, por las autoridades a las que compete la ejecución de esta ley, no debiendo sobrepasar el máximo de cinco mil kilogramos para un solo agricultor.
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