CESION DE PENSION GRACIABLE. ANA LAVALLEJA




Promulgación: 21/05/1940
Publicación: 11/06/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 296

Artículo 1

   Modifícase la ley de 31 de Diciembre de 1934, en el sentido de establecer que la pensión que por la misma se otorga a las nietas de don Juan Antonio Lavalleja, señoritas Elina y Ana Lavalleja, a razón de pesos 1.200.00 anuales cada una de ellas, será percibidas totalmente por esta última en virtud del fallecimiento de la primera.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - TORIBIO OLASO - CESAR CHARLONE
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