MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA. AUTORIZACION. COMERCIO EXTERIOR. TRIGO




Promulgación: 20/12/1939
Publicación: 27/12/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 1011

Artículo 5

   El Banco de la República fijará -si fuere menester- primas a la exportación de trigo y harina, cuyo monto se calculará de manera que cubra las diferencias entre el precio mínimo interno y la cotización internacional.
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