CAJA DE JUBILACIONES DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS PUBLICOS. DECLARACION




Promulgación: 20/09/1939
Publicación: 02/10/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 795
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Todas las jubilaciones y pensiones servidas por el Instituto de 
Jubilaciones y Pensiones son inembargables e inalienables. Será nula toda venta, cesión o constitución de derechos que recaiga sobre ellas y que impida su libre disposición por el titular de la misma.
   Regirán, en cuanto a su inembargabilidad, las disposiciones de la ley de 25 de Junio de 1908 y sus modificativas o complementarias.
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