TRANSPORTE FERROVIARIO. FIJACION DE IMPUESTO. GANADO




Promulgación: 16/08/1939
Publicación: 31/08/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 670
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Los fondos que origine la aplicación del impuesto que determina la ley 
número 5183 del 28 de Diciembre de 1914, que autoriza la construcción del 
ferrocarril Tablada - Sayago, se destinarán a una cuenta especial en el Banco de la República, con el fin de atender el servicio de intereses del capital que demande la modernización o traslado del Mercado de Haciendas.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - ESTEBAN A. ELENA - CESAR CHARLONE
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