GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. PAVIMENTACION




Promulgación: 16/12/1938
Publicación: 24/12/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 934

Artículo 1

   Amplíase en la cantidad de $ 400.000.00 el monto autorizado de la Deuda 
"Bonos de Pavimentación Ciudades del Interior", con el interés de 5% anual y amortización de 2% anual, acumulativa.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Los propietarios de los bienes inmuebles sujetos al pago de las obras de pavimentación de la ciudad de Melo, reintegrarán el importe de las cuotas que les corresponda, de conformidad con la ley número 9663 de 20 de Junio de 1937.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - CESAR CHARLONE
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