GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 16/12/1938
Publicación: 27/12/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 930
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El servicio de interés y amortización de este préstamo, será atendido con el producido íntegro de los impuestos adicionales, que se crean para el servicio de dicho préstamo, deducido el 4 % que corresponde al Estado por su recaudación.
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