Ley N° 9800
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. PRESTAMOS
Promulgación: 16/12/1938
Publicación: 27/12/1938
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1938
- Página: 930
Artículo 11
La recaudación de los impuestos adicionales que se crean por el presente proyecto, se hará efectiva en el ejercicio de iniciación de las obras.
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