Ley N° 9753
OBRAS PUBLICAS. SANEAMIENTO. BIENES INMUEBLES. GRAVAMEN
Promulgación: 24/12/1937
Publicación: 05/01/1938
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1937
- Página: 924
Artículo 6
El deudor podrá en cualquier época, saldar la deuda total o parcialmente rebajando en proporción los intereses.
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