{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "9733" 
  ,"anioNorma" : 1937 
  ,"nombreNorma" : "GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1937/12/22/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/12/1937" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/12/1937" 
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  ,"anio" : 1937 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9733-1937/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Intendencia Municipal del Departamento de Durazno para \r\ncontratar un préstamo con el Banco Hipotecario del Uruguay, por la cantidad de setenta mil pesos ($ 70.000.00), de acuerdo con la ley de 14 de Agosto de 1935, sobre créditos extraordinarios para la construcción de hoteles, a treinta años de plazo. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9733-1937/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Destínase como garantía, el predio recientemente adquirido, denominado \r\n\"Quinta de Montes\", y el edificio a construirse según planos de los arquitectos Veltroni y Lerena Acevedo, ya aprobados por el Municipio de aquel Departamento. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9733-1937/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los intereses y amortizaciones serán abonados con el producido del \r\narrendamiento y en caso de que éste no alcanzare en su totalidad, se tomará el saldo de las rentas generales del Municipio contratante. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9733-1937/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Para la construcción del edificio, así como para el arrendamiento del \r\nmismo se llamará a licitación pública. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
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 ,"textoArticulo" : "    El saldo que arroje entre la construcción del edificio y el empréstito \r\nsolicitado, será invertido en el alhajamiento del mismo y en la \r\nconstrucción del parque que lo circunde. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9733-1937/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Si del producido de las rentas resultara un excedente después del pago de los intereses y amortizaciones, será destinado en su totalidad a \r\namortizaciones extraordinarias. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
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  ,"firmantes" : " TERRA - RAUL JUDE " 
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