GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS




Promulgación: 16/12/1937
Publicación: 22/12/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 866

Artículo 1

   Autorízase a la Intendencia Municipal del Departamento de Durazno para 
contratar un préstamo con el Banco Hipotecario del Uruguay, por la cantidad de setenta mil pesos ($ 70.000.00), de acuerdo con la ley de 14 de Agosto de 1935, sobre créditos extraordinarios para la construcción de hoteles, a treinta años de plazo.

Artículo 2

   Destínase como garantía, el predio recientemente adquirido, denominado 
"Quinta de Montes", y el edificio a construirse según planos de los arquitectos Veltroni y Lerena Acevedo, ya aprobados por el Municipio de aquel Departamento.

Artículo 3

   Los intereses y amortizaciones serán abonados con el producido del 
arrendamiento y en caso de que éste no alcanzare en su totalidad, se tomará el saldo de las rentas generales del Municipio contratante.

Artículo 4

   Para la construcción del edificio, así como para el arrendamiento del 
mismo se llamará a licitación pública.

Artículo 5

   El saldo que arroje entre la construcción del edificio y el empréstito 
solicitado, será invertido en el alhajamiento del mismo y en la 
construcción del parque que lo circunde.

Artículo 6

   Si del producido de las rentas resultara un excedente después del pago de los intereses y amortizaciones, será destinado en su totalidad a 
amortizaciones extraordinarias.

Artículo 7

   Comuníquese, etc.

TERRA - RAUL JUDE
Ayuda