OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA DE ANDRES F. PUYOL. VIUDA E HIJOS DE JOSE PEDRO ALAGGIA




Promulgación: 15/10/1937
Publicación: 21/10/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 733

Artículo 1

   Acuérdase a la señora viuda del doctor Andrés F. Puyol una pensión 
graciable de tres mil pesos anuales, en sustitución de la legal que le corresponde.

Artículo 2

   Acuérdase a la señora viuda e hijos del doctor José Pedro Alaggia, una 
pensión graciable de dos mil cuatrocientos pesos anuales, en sustitución de la legal que les corresponde.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
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