COMERCIO EXTERIOR. DERECHOS DE IMPORTACION




Promulgación: 25/09/1937
Publicación: 02/10/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 693

Artículo 1

   Los artículos y mercaderías generales cuya importación esté gravada con derechos "específicos" serán aforados, nomenclaturados y clasificados en la forma dispuesta por la ley de 19 de Setiembre de 1923, que estableció el procedimiento a seguirse para la clasificación de las mercaderías generales despachadas "ad valorem". (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 9.736 de 17/12/1937 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.703 de 25/09/1937 artículo 1.

TERRA - CESAR CHARLONE
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