VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. PAVIMENTACION. BENEFICIOS TRIBUTARIOS




Promulgación: 20/06/1937
Publicación: 08/07/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 361
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Para que se tenga derecho a los beneficios que concede esta ley, será 
indispensable para el Departamento de Colonia que el deudor del impuesto 
compruebe que ha pagado la cuota del año 1936, y que la homologación de atrasos será hasta el año 1935 inclusive.
Ayuda