Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la
cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) que invertirá en contribuciones a los Departamentos de Salto y Tacuarembó y demás gastos que se ocasionen con
motivo de las fiestas de conmemoración del centenario de la creación de
dichos Departamentos.
Autorízase asimismo al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales la
cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00) como contribución del Estado a los gastos de erección de un monumento a la bandera nacional en el lugar en que por primera vez se izó el pabellón de la patria el 11 de Junio de 1830.