PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 10/06/1937
Publicación: 16/06/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 338
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar con el Banco Hipotecario del 
Uruguay un préstamo hipotecario hasta la suma de $ 350.000.00 en Títulos 
Hipotecarios de la serie correspondiente, sujetándose a lo dispuesto en la Carta Orgánica y Reglamento vigente, cuyo gravamen pesará sobre el edificio que se está construyendo en la calle Yi esquina San José, empadronado con el 
número 8690, destinado a asiento del Departamento Central de Policía de 
Montevideo.
   El pago de los servicios se hará por Rentas Generales.

Artículo 2

   Exonérase del pago de derechos de Aduana y adicionales a los materiales y 
demás efectos que sea indispensable adquirir fuera del país con destino a la 
construcción del edificio mencionado.
   Autorízase al Banco de la República para facilitar cambio oficial para hacer dichos pagos.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

TERRA - C. VILLEGAS SUAREZ
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