LEY DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. MODIFICACION




Promulgación: 08/06/1937
Publicación: 01/07/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 337

Artículo 1

   Incorpórase a la ley de Ordenamiento Financiero del Presupuesto General de Gastos de 1937 el artículo siguiente:
   "Los actuales técnicos docentes de los Institutos que hayan desempeñado sus cargos durante cinco años continuados, entre servicios de carácter honorario e interino y que no tengan informe desfavorable del Director del Instituto, serán confirmados en sus cargos por cinco años.
   Para sus confirmaciones sucesivas, se requerirá también no tener informe 
desfavorable del Jefe del Servicio."

TERRA - RAUL A. PREVITALI
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