{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "9626" 
  ,"anioNorma" : 1936 
  ,"nombreNorma" : "PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. TRANSPORTE FERROVIARIO. LINEAS FERREAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1936/12/24/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/12/1936" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/12/1936" 
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  "tomo" : "1" 
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  ,"anio" : 1936 
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  ,"articulos" : [  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9626-1936/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase al Poder Ejecutivo para construir la línea férrea desde Sarandí del Yi, cruzando el río Negro por el Paso de las Piedras o sus proximidades, en dirección al Norte. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9626-1936/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las obras deberán empezarse de inmediato a la promulgación de esta ley, \r\npartiendo de Sarandí del Yi, y con los recursos que asignan las leyes de Agosto 14 de 1935 y 20 de Julio de 1936.\r\n   Se tomará como base para la ejecución de las obras, los estudios ya \r\nrealizados y que considere aplicables el Poder Ejecutivo, el que podrá completar el plazo del llamado a licitación ya realizado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN\r\n " 
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