PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 23/11/1936
Publicación: 30/11/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 861

Artículo 1

   A la ley de Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 1937 se incorporará la siguiente partida:
   "Para atender el servicio de intereses y amortización de un préstamo por 
la cantidad de ochocientos veinte mil pesos destinados a la construcción del 
edificio para la Facultad de Arquitectura y ampliaciones en los del Museo 
Nacional de Bellas Artes, Facultad de Química y Farmacia y Escuela de 
Industrias de la Construcción, $ 65.194.60." (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

Artículo 2

   El producto líquido del préstamo será discriminado así:

Para la Facultad de Arquitectura                     $ 600.000.00
Para el Museo Nacional de Bellas Artes               "  50.000.00
Para la Facultad de Química y Farmacias              "  70.000.00
Para la Escuela Industrias de la Construcción        " 100.000.00
                                             Total   $ 820.000.00
Referencias al artículo

Artículo 3

   Para la construcción del edificio destinado a la Facultad de Arquitectura 
serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la ley de 22 de Mayo de 1929.

Artículo 4

   Autorízase al Poder Ejecutivo para  contratar sobre la base de la partida 
a que se refiere el artículo 1º, un crédito con el Banco de la República u otra Institución del Estado a fin de comenzar de inmediato las obras 
respectivas.
Referencias al artículo

Artículo 5

   Comuníquese, etc.

TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO - CESAR CHARLONE
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