PROCESOS JUDICIALES. ABREVIACION DE LOS JUICIOS




Promulgación: 12/09/1936
Publicación: 17/09/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

II

Artículo 13

   En la Suprema Corte de Justicia y en los Tribunales de Apelaciones, se 
hará constar en los autos, por Secretaría, la fecha en que pasan a estudio de cada Ministro o Juez, y éstos, al devolverlo, también lo harán constar así.
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