DERECHO DE REUNION. DERECHO DE ASOCIACION




Promulgación: 02/06/1936
Publicación: 04/06/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 403

Artículo 2

   De la resolución policial denegatoria habrá recurso para ante el Consejo de Ministros, debiendo tenerse por revocada si no logra la aprobación unánime de sus miembros presentes, convocados con citación personal e indicación del objeto de la convocatoria.
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