PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 09/01/1936
Publicación: 27/01/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 39

Artículo 5

   Retíranse igualmente los siguientes importes de deudas no emitidas, que 
aparecen como circulantes por constituir saldos no convertidos o por hallarse depositados en simple custodia; Bonos Ferrocarrileros (ley número 8039), $ 100.000.00; Empréstito de Conversión 5% oro 1905, $ 65.741.25; Deuda Obras Públicas y Conversión 6% de 1918, $ 13.700.00, y Deuda Interna de Conversión 6 1/2% 1916, $ 186.20.
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