Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar la adquisición de aviones y
equipos aeronáuticos en general, por un valor total de un millón ochocientos mil pesos ($ 1.800.000.00), que se pagarán del siguiente modo: doscientos mil pesos ($ 200.000.00) en efectivo que se tomarán de Rentas Generales o en títulos de Deuda Pública al tipo de cotización que rija el día de la entrega, y el resto, con una emisión de sellos de Correo, que se entregarán por su
valor escrito y que comprenderá series de estampillas desde un centésimo
hasta cincuenta centésimos. (*)
Autorízase asimismo al Poder Ejecutivo para invertir hasta cien mil pesos
($ 100.000.00), con cargo a Rentas Generales, en la impresión de dicha
edición postal, más una adicional de los mismos, hasta el siete por ciento
(7 %) de aquélla, o sea un valor de ciento doce mil pesos ($ 112.000.00) que el Instituto Postal verterá a Rentas Generales, en el total de su producido, a título de reintegro y hasta donde llegue de las dos partidas que a esas
rentas afectan las disposiciones que en efectivo les impone esta ley. (*)
La emisión adicional a que se refiere el artículo anterior, será puesta a
la venta por nuestro Correo en el momento que indique el Poder Ejecutivo, y
se retirará de la circulación a los sesenta días de iniciada la misma.
Los vendedores de los referidos elementos de aeronáutica, formalizarán la
negociación, dando al Poder Ejecutivo garantía a su satisfacción, que cubra
el monto total de la operación.